En España la documentación para el abanderamiento de una embarcación o buque de recreo dependerá de la lista en la que queramos inscribirla ya sea 6º o 7º.
El procedimiento para buques y embarcaciones en general se regula en el Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.
Nuestra consultoría le facilitará todos los trámites necesarios tanto para el abanderamiento, la matriculación o el registro de su embarcación, no dude en ponerse en contacto con nosotros.